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Ley de Contratos de Cultivo
La ley de contratos de cultivo (en catalán: Llei de contractes de conreu) fue una ley aprobada por el Parlamento de Cataluña el 21 de marzo del 1934 y promulgada el 14 de abril del mismo año. La ley consistía en proteger a los rabassaires y campesinos arrendatarios del contrato de la rabasa morta (censo enfitéutico) y propiciar el acceso a la propiedad de la tierra que cultivan. La ley no llegó a aplicarse porque fue anulada por el Tribunal de Garantías Constitucionales y las negociaciones posteriores entre los gobiernos español y catalán fueron interrumpidas por los hechos de octubre del 1934 y el proclamamiento del Estado Catalán, que fracasaría.
La rabasa morta ("cepa muerta") era un tipo de contrato que se basaba en que un arrendatario (rabassaire) alquilaba una porción de un terreno para cultivar viñas, pero con la condición de que el contrato expiraría si moría un tercio de las primeras cepas plantadas. Este contrato, pues, fue considerado como un simple alquiler restrictivo, y por una mayoría como un censo enfitéutico.
La ley fue aprobada en 1934 por el Parlamento de Cataluña, en el gobierno de Lluís Companys, quien introdujo una reforma agraria que garantizaba el acceso de los arrendatarios a la propiedad de la tierra que cultivaban.
La ley fue suspendida en diciembre del 1934. En 1936, con la llegada del Frente Popular, fue re-establecida. No obstante, en la etapa franquista se anuló por enésima vez.