Ningún delito, ninguna pena sin ley previa

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Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege es una frase en latín, que se traduce como "Ningún delito, ninguna pena sin ley previa", utilizada en Derecho penal para expresar el principio de que, para que una conducta sea calificada como delito, debe estar establecida como tal y con anterioridad a la realización de esa conducta.

Por lo tanto, no solo la existencia del delito depende de la existencia anterior de una disposición legal que lo declare como tal (nullum crimen sine praevia lege), sino que también, para que una pena pueda ser impuesta sobre el actor en un caso determinado, es necesario que la legislación vigente establezca dicha pena como sanción al delito cometido (nulla poena sine praevia lege).

Este es un principio legal básico que ha sido incorporado al Derecho penal internacional, prohibiendo la creación de leyes ex post facto que no favorezcan al imputado. Fue creada por Paul Johann Anselm Von Feuerbach como parte del Código de Baviera de 1813.

Violaciones al principio

Una de las violaciones mas clara de este principio se produjo en los Juicios de Núremberg donde se creó una legislación específica para condenar a los nacionalsocialistas y se aplicó en forma retroactiva, condenando a los acusados por delitos que no existían como tales al momento en que fueron cometidos.

Véase también