Ley islámica

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La Sharia (literalmente: "el camino que conduce al abrevadero") es la ley islámica formada durante la escolaridad. En el Islam, Sharia es la expresión del divino destino, "y constituye un sistema de deberes que son encargados a un Musulmán en virtud de su creencia religiosa".

Los sabios musulmanes la interpretan como: "Los juicios que Dios determina para que el hombre sea feliz en esta vida y en la próxima"

Conciencia personal

Está adoptado por la mayoría de los musulmanes, en un mayor o menor grado, como una cuestión de conciencia personal. Pero también puede ser formalmente instituido como ley por ciertos Estados y así también los tribunales pueden velar por su cumplimiento. Muchos países islámicos han adoptado elementos de la sharía en áreas como las herencias y los testamentos, la regulación de las actividades bancarias y de los contratos.

Etimología

La palabra "sharía" significa literalmente "el camino al manantial". Denota un modo islámico de vivir que es más que un sistema de justicia criminal. Sharía es un código religioso para vivir, del mismo modo que la Biblia ofrece un sistema moral para el cristiano.

Deberes

Los musulmanes la prefieren sobre cualquier sistema por lo siguiente:

  1. Las fuentes de donde se deriva: aseguran que su origen es el Creador de todo, el Poderoso y Majestuoso, caracterizado por Perfecto, lejano de cualquier defecto, deseo o pasión. En cambio el hombre es deficiente e imperfecto, ignorante acerca de lo que es mejor para él o que le perjudique, es común que el hombre sea dominado por sus intereses y sus deseos, adelantando el beneficio propio sobre el beneficio general.
  2. Los propósitos: dicen que busca el mejor estado del hombre, la purificación de su corazón, la tranquilidad de su alma, su sentimiento por actuar, da suma importancia al bien familiar, a su intelecto, honor y propiedades, el establecimiento de una buena relación entre él y su hermano, entre él y su Creador. En cambio la ley del hombre busca regular las relaciones entre las personas pero omite ciertos aspectos morales y éticos en la vida del hombre, bajo el título de libertad cae en acciones que perjudican a su persona o a la comunidad, como el alcohol y el adulterio.
  3. La recompensa: argumentan que la legislación islámica toma en cuenta las acciones interiores como exteriores. En cambio la ley del hombre no interfiere en casos interiores o preeliminares, sino en aquellos que ya se han presentado, como violaciones hacia los demás.
  4. La adoración y el efecto: para los musulmanes el legislar con ella es adoración, se recibe recompensa por ello en esta vida y en la otra, el diferenciarla merece el castigo, el diferenciarla merece el castigo en esta vida por los jueces y sabios de la legislación y en la otra próxima vida por Dios. En cuanto a los otros sistemas omiten totalmente una recompensa en la próxima vida, el obrar con ellos no es adoración, es simplemente algo mundanal.
  5. El establecimiento y la continuidad: ven la ley islámica como perpetua y permanente, lo que es prohibido no puede llegar a ser permitido. En cambio la ley del hombre es cambiante respecto a las ideologías de las personas en cargo, por el cambio de la sociedad, o por los intereses o deseos del hombre, algo que hoy es permitido, en otro tiempo lo deja de ser y viceversa, es por eso que se presentan diferentes discusiones acerca de lo que es correcto e incorrecto.
  6. Generalización: consideran que es para todos los hombres, tiempos y lugares. Del mismo modo creen que encierra todos los aspectos políticos, económicos, militares, sociales y culturales. En cambio la del hombre necesita constante renovación.

Por consecuencia, creen que la diferencia entre la Sharia y los otros sistemas o leyes de los hombres, es una diferencia como el Creador y Su Creación.

La ley islámica cubre todos los aspectos de la vida del musulmán. Aquellas leyes islámicas que están expresamente descritas en el Corán se denominan hudud. Incluyen la prohibición del homicidio, relaciones sexuales extramaritales, consumo de alcohol y juegos de azar. El Corán también detalla leyes relacionadas con la herencia, el matrimonio, la compensación en los casos de homicidio o daños físicos, así como reglas para el ayuno, el azaque y la oración. Los preceptos y prohibiciones son interpretados en la práctica por los eruditos en religión o ulemas.

Otros aspectos legales son dirimidos por los takzir o jueces. Se les da el poder de dictar sentencia siempre que se atengan a los principios del Corán y la Sunna. La ley islámica es directamente aplicable cuando la constitución del país involucrado así lo establece, como es el caso de Arabia Saudita o Irán. De otro modo, se aplica la legislación sancionada por el estado, que, según el caso, puede coincidir en mayor o menor medida con la Shariah.

Fuentes de la doctrina islámica

La principal fuente del Islam es el Corán. Existe consenso entre todos los musulmanes sobre su autenticidad. En orden de importancia, sigue la Sunna o tradición: el conjunto de los hadices, que son dichos y hechos de Mahoma narrados por sus contemporáneos. Estos hadices son transmitidos por fuentes reconocidas y recopilados en distintas colecciones. En ellas se menciona la cadena de personas consideradas dignas de fe que transmitieron cada uno de los dichos o hechos expuestos. La tercera fuente es el consenso de la comunidad (ár. iyma' إجماع).

A diferencia del texto coránico, las colecciones de hadices no son unívocas. Se clasifican según su grado de verosimilitud. Unos son considerados exactos y genuinos; otros, "débiles" y apócrifos. Las distintas escuelas y vertientes, a menudo no coinciden sobre la autenticidad de uno u otro hadiz. Hay colecciones que gozan de consenso muy generalizado, al menos dentro de la vertiente sunní mayoritaria. Destacan los dos Sahih, que significa "verdadero": el de Muslim y el de Muhammad Ibn Ismail Al-Bujari.

Las colecciones más importantes de la tradición sunnita son:

Alrededor del tiempo de estos recopiladores, surgen cuatro escuelas sunnitas de interpretación, llamadas madhhab. Se reconocen mutuamente entre sí. Se denominan; hanafí, por Abu Hanifah, malikí, por Malik Ibn Anas; shafi'í, por Al-Shafi' y hanbalí por Ahmad bin Hanbal. Estas escuelas tienen diferencias menores en la liturgia y a veces en la jurisprudencia; pero no difieren en lo que podría denominarse el "dogma" o doctrina.

Escuelas jurídicas en torno a la sharia

Existen veinte escuelas de pensamiento jurídico, o fiqh, que son interpretaciones de la sharía llevadas a cabo por un faquí (jurista):

Todos ellos fueron elaborados, en su forma actual, durante los doscientos años siguientes a la muerte de Mahoma.

De otra parte el tasawwuf juzga las oraciones desde el punto de vista de la concentración, devoción, pureza de las almas y del efecto de las oraciones en la moral y los modales. Así el tasaúf mide el espíritu de obediencia y sinceridad, mientras que el fiqh vigila las reglas que se deben seguir hasta en sus menores detalles.

El Hadd

Dentro de la sharía existe un específico tipo de ofensas conocidas como las ofensas hadd. Son crímenes castigados con penas severas, tales como la lapidación, los azotes y aun la amputación de una mano. Sin embargo, no todas estas penas se adoptan universalmente en los países islámicos.

Algunos países, como por ejemplo Arabia Saudí, afirman vivir bajo el imperio de la sharía en toda su pureza, y aplican las penas mencionadas ante las ofensas hadd. En otros, como por ejemplo Pakistán no ocurre lo mismo. La mayoría de los países del Oriente Próximo, incluyendo a Jordania, Egipto, Líbano y Siria, no han adoptado las ofensas Hadd como parte de sus legislaciones estatales.

Las ofensas hadd implican penas específicas. Las transgresiones incluyen relaciones sexuales fuera del matrimonio (adulterio), acusaciones falsas, beber alcohol, robo y asalto en rutas. Las ofensas sexuales conllevan una pena de lapidación o azotes, mientras que el robo está penado con la amputación de una mano.

Muchos países islámicos definen al adulterio y al consumo de alcohol como ofensas criminales, pero no como ofensas hadd, por cuanto no conllevan penas tan terribles. Esos actos ilegales se castigan con penas de prisión.

La sharia, además, incluye como graves faltas el ser homosexual, la desobediencia de las mujeres hacia la autoridad del padre o el esposo, las relaciones con infieles pertenecientes al mundo no islámico y el no cumplimiento de las normas de vestimenta de las mujeres, a las que, en caso de incumplimiento, se considera inmorales y culpables en caso de violación.

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