Tortura

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La tortura es todo acto realizado intencionalmente por el cual se inflijan a una persona penas o sufrimientos físicos o mentales, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medida preventiva, como pena o con cualquier otro fin[1].

También se considera tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica.

Justificación legal para el uso de la tortura

En cuanto a la justificación legal del uso de la tortura por los regímenes que la practican, se basa principalmente en la figura de la anulación de toda protección jurídica del detenido. En el caso de detenidos acusados de terrorismo o actividades políticas subversivas, se utilizan los siguientes argumentos:

  • Se establece que el detenido no tiene la condición de un prisionero de guerra bajo la Convención de Ginebra. Ello se justifica como consecuencia de que el detenido no forma parte de una fuerza política, no lleva uniforme que lo distinga como combatiente, sus líderes no son accesibles ni están reconocidos como posibles negociadores de una paz y las hostilidades que su grupo practica son guerra irregular que viola todas las leyes de la guerra.
  • Se establece que es un delincuente común de alta peligrosidad, cuya acción criminal extraordinaria ha obligado al gobierno a emplear la fuerza armada para detenerlo.
  • Como ha sido detenido por la fuerza armada, tiene que ser interrogado preliminarmente por ésta antes de ser puesto a disposición de policías comunes y magistrados.
  • El interrogatorio militar o policial extraordinario no forma parte de la acción penal, no tiene jurisdicción en ella, pero el detenido no es tampoco un prisionero de guerra que el Derecho Internacional Humanitario proteja.

El interrogatorio de contrainteligencia se convierte pues en un espacio de indefensión total del detenido. En esto reside la vulnerabilidad o indefensión jurídica ( y también psicológica) del detenido, que es la condición básica para que el interrogatorio de inteligencia tenga éxito.

Estados Unidos

En el caso de Estados Unidos, específicamente, el razonamiento jurídico se basa en el hecho de que la doctrina fundacional de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) de los Estados Unidos y su ejército en el extranjero no establece control judicial ni parlamentario de sus operaciones ya que éstas se limitan a territorios extranjeros y no afectan a ciudadanos norteamericanos. Si no resultan afectadas personas estadounidenses por sus operaciones en el extranjero, la CIA no tiene limitación normativa estricta alguna. Así, en el escenario de una guerra o revuelta en un país cualquiera, el estado de excepción impuesto por el Estado anfitrión en su propio territorio da cobertura para que cualquier fuerza armada invasora pueda operar sin atascarse en problemas judiciales.

Israel

La justificación que esgrime Israel para emplear la tortura es el ejemplo más conocido de sus esfuerzos por legalizar actos censurables. Amnistía Internacional declaró en cierta ocasión que la tortura es la forma de violencia que los Estados siempre negarán y nunca justificarán. Israel ha demostrado a Amnistía que estaba en un error, pues es el único país del mundo que ha legalizado la tortura, tanto en el plano retórico como en el judicial.

Los palestinos interrogados por el Servicio General de Seguridad (GSS) son sometidos habitualmente a los siguientes métodos de interrogatorio:

  • Privación de sueño durante días e incluso semanas.
  • Permanecer atados en posturas dolorosas durante, periodos prolongados de tiempo.
  • Privación sensorial mediante el uso de capuchas y la emisión de música a elevado volumen.
  • Exposición a frío o calor extremos.
  • Degradación y amenazas acompañadas de sacudidas violentas.

El GSS justifica estos métodos violentos de interrogatorio citando el informe de la Comisión Landau. La Comisión fue creada en 1987, bajo la dirección del ex presidente del Tribunal Supremo israelí, Moshe Landau, para analizar las prácticas de interrogatorio del GSS, que concluyó que este organismo podía emplear la presión psicológica no violenta durante interrogatorios intensos y continuos", así como un "grado moderado de presión física".

En Israel, la tortura está institucionalizada, en tanto está regulada por unas normas detalladas y unos procedimientos escritos. Un amplio contingente de funcionarios públicos participa en su práctica. Además de los agentes del GSS, que la infligen directamente, existe un comité ministerial encabezado por el primer ministro que supervisa los procedimientos, hay médicos que determinan si un detenido es médicamente apto para soportar la tortura; los fiscales defienden la práctica en los tribunales y el Tribunal Superior de Justicia, sin haber resuelto si es legal en principio, la ha legalizado de hecho al aprobar su uso en casos concretos, incluyendo a sospechosos de ambos sexos[2].

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Referencias