Nación

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El Estado no es un fin, es un medio, cuya única finalidad es proteger a la nación.

Adolf Hitler

La nacionalidad (...) no estriba precisamente en el idioma, sino en la sangre.

—Adolf Hitler, Mein Kampf, Capítulo II: El Estado.

El término nación es un concepto jurídico-político relativamente moderno surgido en el siglo XVIII.

Acepciones

En sentido estricto, puede ser conceptuado desde dos acepciones:

  • Desde su acepción factual, objetiva, como una realidad étnica que comparte una identidad y cohesión racial y cultural. La nación étnica, basada en principios y hechos concretos y naturales[1][2], se puede definir a grandes rasgos como una comunidad humana con características comunes como pueden ser culturales y raciales que le dotan de identidad nacional. En ese sentido, la nación es una etnia políticamente organizada. Las fronteras nacionales generalmente juegan en forma apreciable el papel de una frontera de la sangre. Así las naciones históricas están asociadas a razas determinadas.
  • Desde su acepción contractual, subjetiva y basada en abstracciones culturales, como una ficción jurídica artificial, impuesta arbitrariamente por la sociedad mediante la cual, un individuo "firma un contrato social" en virtud del cual, sin importar sus orígenes, le es conferida la nacionalidad de dicho Estado, por nacimiento o naturalización. Este concepto de "nación" fue instaurado por la francmasonería durante la Revolución Francesa, y es la forma de nación más conveniente para la consolidación de la globalización y la hegemonía sionista, por lo que se ha extendido mundialmente desde finales de la Segunda Guerra Mundial.

Significados

En sentido lato nación se emplea con variados significados: "Estado", "país", "patria" o "territorio", aunque estos significados son incorrectos.

En su acepción más estricta y objetiva, la nación es un ente orgánico colectivo, contrariamente a la visión estática y mecanicista del contractualismo la cual percibe a la nación anclada a una extensión territorial. En ese sentido, la nación es el conjunto de individuos racial y culturalmente homogéneos que pueden contenerse dentro de un Estado. La homogeneidad racial y cultural es una condición fundamental que permite una identidad propia y la unión solidaria entre los miembros de la nación. Es identificable con los conceptos de pueblo o etnia.

Adquisición de la nacionalidad

La adquisición de la nacionalidad es diferente según la legislación de cada país o el sistema político, las variantes pueden resumirse en tres principios jurídicos expresados en latín, uno natural y dos contractuales:

Factual o Natural
  • Ius sanguinis: derecho de sangre, el individuo adquiere la nacionalidad de sus ascendientes por el hecho de su filiación biológica, aunque el lugar de nacimiento sea otro país. Toma como base los nexos familiares de raza y tradición. La nacionalidad es la de los padres, aunque el hijo haya nacido en el extranjero. Es la única adquisición de nacionalidad defendida por doctrinas como el nacionalsocialismo.
Contractual
  • Ius soli: derecho de suelo, la nacionalidad se adquiere por el lugar de nacimiento, independientemente de la nacionalidad de los padres.
  • Ius domicili: derecho de domicilio, la nacionalidad se adquiere por el lugar de domicilio, vecindad o residencia legal, poniendo como requisitos determinados plazos o criterios de arraigo (propiedad, trabajo, etc.)

La nación, el territorio y el Estado

Una nación, entiéndase un grupo de personas que comparten una raza y cultura, puede ejercer dicha cultura en cualquier espacio geográfico sin perder su nacionalidad. Es posible que durante este ejercicio, la naciones que emigran a otros territorios sufran algunos cambios en su estructura cultural, modificando el comportamiento de sus integrantes; tal cambio puede generarse al encontrarse con otros grupos culturales y asimilando algunas de sus costumbres, inclusive asimilando el grupo a su propia nación. Este cambio cultural afecta directamente la esencia de la nación, pudiendo generar una nueva nacionalidad distinta e independiente a la original; tal efecto ha estado presente en toda interacción social del hombre relacionada con el desplazamiento geográfico de una nación, inclúyanse exploración, guerras, invasiones o colonizaciones, todas ellas han generado transformaciones culturales que derivan en la fundación de nuevas naciones. Entiéndase que esta transformación solo puede ocurrir si un grupo numeroso con una identidad nacional se desplaza o reubica; un ente individual, inclusive investido e identificado con una nacionalidad no podría imponer tal efecto, ya que su estado solitario no posee un motor de fuerza social para lograr el cambio; por el contrario, esta misma relación espacio geográfico / nación, podrían lograr un efecto inverso y asimilar al individuo a la colectividad y sentimiento nacional que domina la región.

Una nación no puede ejercer su identidad cultural si no se encuentra ubicada en un espacio geográfico y no puede sobrevivir si no posee un espacio vital. De igual forma esta identidad cultural no puede ser ejecutada sin un número suficiente de miembros de dicha nacionalidad ubicados en un mismo espacio geográfico. En algún momento, es posible que una nación, sola o en coexistencia con otra, pueda asumir supremacía del espacio geográfico en el que reside, y hacerse con el control de éste para ejercer por la vía del hecho o por derecho la propiedad del espacio geográfico como su territorio para toda su nación. Compréndase que este control del espacio geográfico y demarcación territorial conlleva a una indudable asociación y ejecución de todas las costumbres culturales de la nación, haciendo que el territorio conforme parte indudable del sentimiento, propiedad e identidad nacional; esta situación se mantendrá hasta tanto otra nación o coalición la despojase de tal control que tiene sobre el territorio. Asimismo, dentro de un Estado demarcado por un territorio, puede haber varias naciones.

Una vez que una nación esté provista de una solidez racial y cultural (homogeneidad), suficientes integrantes y recursos, así como del dominio de un territorio, puede eventualmente, si así sus costumbres lo aceptan, fundar un Estado para ejercer el control sobre ese territorio para garantizar la supervivencia de la nación. El Estado es una organización inmaterial, una autoridad que ejerce su supremacía y poder sobre un territorio y toda la población que en él habitan; normalmente, su fuerza se encuentra regulada bajo los principios de su cultura generadora, o bien sobre los principios culturales de la nación que la constituyó. En tal sentido, se debe recalcar que pueden existir naciones sin Estado y sin territorio (V.g. Palestina, Nación Criolla, Nación Bóer, etc.); pero no puede existir un Estado sin nación y territorio, porque no ejercería su poder sobre ninguna persona, cosa o lugar.

Derecho de autodeterminación

Artículo principal: Derecho de autodeterminación


El derecho de libre determinación de los pueblos o derecho de autodeterminación es el derecho de un pueblo o nación a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural, y estructurarse libremente, sin injerencias externas. Puede consistir en independizarse de determinado Estado y establecer uno nuevo o bien integrarse dentro de un Estado ya existente.

La libre determinación está recogida en algunos de los documentos internacionales más importantes, como la Carta de las Naciones Unidas o los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, aunque no en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. También numerosas resoluciones de la Asamblea General de ONU hacen referencia a este principio y lo desarrollan: por ejemplo, las resoluciones 1514 (XV), 1541 (XV) ó 2625 (XXV).

El establecimiento de un Estado soberano e independiente, la libre asociación o integración con un Estado independiente o la adquisición de cualquier otra condición política libremente decidida por un pueblo constituyen formas del ejercicio del derecho de libre determinación de ese pueblo. Todo Estado tiene el deber de abstenerse de recurrir a cualquier medida de fuerza que prive a los pueblos antes aludidos en la formulación de presente principio de su derecho a la libre determinación y a la libertad y a la independencia.
Resolución 2625 (XXV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 24 de octubre de 1970.

Referencias

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